Arquitectura y derecho
SOCIOLOGÍA DE LA SUPERVIVENCIA
Silvino Vergara Nava
“El constitucionalismo contemporáneo
ha diseñado una verdadera arquitectura normativa,
en la que la Constitución ocupa el
lugar de fundamento, los derechos
fundamentales constituyen la estructura
portante y las garantías representan los
elementos indispensables
de estabilidad del edificio jurídico.”
Luigi Ferrajoli
Pareciera que están muy alejadas esas dos disciplinas, la arquitectura y el derecho. Pero eso no es así, al contrario, lo que ha sucedido a lo largo de los tiempos es que el derecho ha querido emular a la arquitectura y por ello, muchos de los conceptos jurídicos de las instituciones del derecho que hoy conocemos, son una copia de ciertos conocimientos de la arquitectura.
Hay que recordar que en tanto la arquitectura se va desarrollando, va mejorando y se va perfeccionando con el paso del tiempo, el derecho se seguía estancando en un conocimiento complejo, difícil de comprender, con poca claridad de las cosas, muy confuso, por lo que solamente quedaba para los grandes estudiosos de la materia el conocimiento suficiente del derecho, era un conocimiento exclusivo, sobre todo por su complejidad, por eso en los tiempos del mundo pre-moderno lo que prevalecía eran las consultas a quienes conocían del derecho, para saber a qué atenerse en el campo jurídico, que en esos tiempos no tenía la categoría de un estudio científico.
Por su parte, siguen forjándose las grandes construcciones, las grandes obras de arquitectura; es más, hay que recordar que se implementaron las denominadas “siete maravillas del mundo premoderno”, y después, las siete maravillas del mundo moderno, que no son otra cosa más que las construcciones arquitectónicas que ha formado el ser humano y que resultan ser las obras más monumentales que se han erigido; más aún, se dice, pareciera mera creencia que una construcción arquitectónica de la humanidad, como es la muralla china, se puede visualizar desde afuera de la tierra.
Con todo esto, no hay más que considerar que el derecho se queda muy atrás de estas obras arquitectónicas del ser humano, por ende ¿qué le queda al derecho de los inicios de la modernidad? La respuesta es sencilla: copiar la arquitectura y la física que va acompañada de ella; incluso, hay que recordar que esa ciencia física fue la ciencia del siglo XIX, los personajes más importantes de ese siglo fueron los físicos, no los cantantes y músicos que hoy observamos que lideran el protagonismo del mundo de la post-modernidad.
Entonces, ¿qué se requiere para que el derecho siga los pasos de la arquitectura? Convertirse en un conocimiento científico, dejar de ser un mero conocimiento acumulado de principios, teorías, leyes amontonadas, sino que requiere de la cientificidad que ha alcanzado la física; entonces, a lo largo del siglo XIX, los autores del derecho se encargaron de hacer del conocimiento jurídico un conocimiento científico, estando a la cabeza de esa postura en Europa los alemanes, los franceses, los italianos.
Los esfuerzos por considerar que el derecho es un conocimiento científico al igual que la arquitectura, abarcaron mucho tiempo; pudiera decirse que el resultado y la manera de mostrar que el conocimiento jurídico es científico y con ello, igual que la física o la arquitectura, es conocimiento de vanguardia de la humanidad y por eso no se llegó a ese momento hasta ya muy avanzado el siglo XX. En un libro de 1934 que se denomina “Teoría pura del derecho”, del que fue autor el profesor Hans Kelsen, se establece a lo largo de sus páginas cómo puede demostrarse y acreditarse que el conocimiento jurídico es un conocimiento científico, al igual que el conocimiento de la arquitectura o de la física.
Pero, como en todo, el derecho siempre llega tarde, pues primero son los hechos, los sucesos de la realidad, y luego ya se pretende reglamentar o imponer reglas para evitar mayores daños; así, en tanto el conocimiento jurídico no se pudo justificar como un conocimiento científico hasta la década de los treinta del siglo pasado, la arquitectura cada día se revoluciona más, pues los sucesos y hechos basados en la tecnología y la ciencia han demostrado que sigue siendo uno de los conocimientos de mayor trascendencia para la humanidad. Recordemos la construcción del primer estadio con techo movible en Houston, Texas, en la década de los sesenta, o bien, las reconstrucciones de las ciudades europeas después de la segunda guerra mundial, la construcción de la ciudad de Las Vegas en pleno desierto, lo mismo que las ciudades construidas en medio oriente por los jeques árabes; por eso y muchas más obras de la arquitectura, es que provocan que el derecho siempre trate de emularla.
(Web: parmenasradio.org)
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